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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317465
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 974
PAPEL O CARTONCILLO, TRABAJOS DE ARTES GRAFICAS EN (INGRESOS MERCANTILES).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 974
La exención establecida por la Ley Federal del Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles, en su artículo 3o. fracción IV, inciso e), cuando se trate de ingresos procedentes de artes gráficas en que el material usado sea de papel, debe considerarse extensiva, a los que se realicen en cartón o cartoncillo que se produzca con pasta de papel; ya que, hechos tales trabajos en dicha pasta, no por eso deja ésta de ser también papel, dentro de la denominación también característica de éste, al convertirse en cartón o cartoncillo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 257/54. Talleres Estrella, S.A. 2 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.