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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 775
ACTOS RECLAMADOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 775
Si el quejoso sólo señala en su demanda, como acto reclamado, la negativa de las responsables, entregarle la licencia dominical y apercibimiento correspondiente, sin aludir para nada a infracciones que se le hubiesen levantado o sanciones impuestas por infringir el descanso dominical, no puede ocuparse la sentencia de esas infracciones ni del estudio de agravios no invocados en la demanda.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2356/54. Velio Mejía Concepción. 28 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente. Nicéforo Guerrero.