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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317485
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1223
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1223
No existiendo en autos prueba alguna que acredite la personalidad con que promueven los quejosos, no se crea en favor de los mismos ninguna personalidad para el amparo aunque la demanda se haya admitido y tramitado el juicio, puesto que, tratándose de cuestiones de personalidad, éstas deben examinarse en cualquier estado en que encuentre el juicio de garantías, y aun de oficio, por ser dicha personalidad la base fundamental del procedimiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2063/54. Comunidad Agraria del Poblado "Las Raíces", Municipio de Ameca, Jalisco. 9 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.