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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317510
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1311
BANCOS, AUMENTO PASIVO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1311
La ley no prohibe a los dirigentes de un banco que tengan cuenta personal de cheques en el mismo, ni les prohibe tampoco hacer operaciones de compraventa de valores con el propio banco, ni podría prohibirles que en sus cuentas de cheques puedan retirar el importe de sus depósitos en forma y términos convenientes a sus intereses; por lo que las operaciones que en tal sentido realicen no pueden gratuitamente interpretarse como inspiradas por una intención perversa o de finalidad indebida, si no existe prueba alguna que indique tendencia o propósito del banco y de sus dirigentes para realizar tales operaciones con el intencionado fin de eludir en su oportunidad el cumplimiento de la circular 1185 del Banco de México.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3630/52. Banco Aboumrad, S. A. 11 de agosto de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Nicéforo Guerrero y José Rivera Pérez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.