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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317513
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1365
PELUQUERIAS, DISTANCIA ENTRE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1365
La tesis sostenida por la Suprema Corte en el sentido de que los reglamentos que exigen el requisito de distancia para ciertos comercios, violan la Constitución, es aplicable al caso de peluquerías o salones de belleza y embellecimiento; y como el Reglamento en esta materia expedido el veintiuno de septiembre de mil novecientos treinta y uno y reformado el veintiséis de febrero de mil novecientos treinta y siete, somete el otorgamiento de licencias al requisito de distancia resulta inconstitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2594/54. Saldaña González Felipe. 12 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rivera Pérez Campos. Ponente: Franco Carreño.