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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317526
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1451
BIENES DEL ENEMIGO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1451
Según tesis sustentada por la Suprema Corte la ocupación de bienes intervenidos por el Gobierno, no da base para reclamar en juicio de garantías contra las leyes relativas, por tratarse de leyes de emergencia dictadas durante la época de guerra y de suspensión de garantías individuales; pero el amparo debe concederse contra el decreto de 29 de diciembre de 1951 que declara que son de dominio de los Estados Unidos Mexicanos todos los bienes ocupados, por constituir esta declaratoria una expropiación sin motivo legal y una pena inusitada y trascendental sobre todo cuando había cesado el estado de suspensión de garantías; doctrina que no desvirtúa por lo acordado en la conferencia sobre Problemas de la Guerra y de la Paz, celebrada en México del 21 de febrero al 8 de marzo de 1945 y las recomendaciones y convenciones que en ella se otorgaron.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 323/54. Peters Adolfo. 16 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.