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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317528
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1475
TERRENOS RETIRADOS DEL SERVICIO PUBLICO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1475
Si por acuerdo presidencial se ha ordenado retirar del servicio público un terreno para hacer viable la permita del mismo por otro de propiedad privada, desincorporando así del destino de servicio público la fracción de terreno de que se trata, y el decreto no ha sido revocado, incuestionablemente, para todos los efectos legales, el terreno en cuestión no está destinado a uso común y las autoridades del Departamento del Distrito Federal no pueden ni deben eludir el cumplimiento del Decreto de desvinculación por consideraciones de orden público que según ellas, sean más o menos pertinentes, puesto que éstas no revocan el Decreto, consistente en una disposición especial e individualizada, en virtud del principio de que las disposiciones de carácter general no derogan tácitamente las de carácter especial.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 204/54. Platas de Garrido Elena. 16 de agosto de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Rivera Pérez Campos. Relator: Franco Carreño.