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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1492
COOPERACION, DERECHO DE (PASEO DE LA REFORMA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1492
Las obras de pavimentación y mejoramiento del Paseo de la Reforma deben considerarse de interés general en lo que respecta a la parte central de la misma, incluyendo banquetas, prados y camellones, puesto que indudablemente les confiere este carácter, de interés general, el hecho de tratarse de una avenida que por su tradición, belleza e importancia indiscutible, representa una obra benéfica para toda la ciudad; pero en lo que toca a las calles laterales de dicha avenida, las obras de mejoramiento de éstas deben considerarse de carácter local y para beneficio de los predios que dan a dichas calles, y por tanto, conforme a este criterio, debe hacerse una distinción de las tres zonas en que se divide el citado Paseo, dos de las cuales, las laterales, deben considerarse como vías locales, mientras que la central, por su propia característica, debe reputarse de interés general, al tenor de lo dispuesto por la fracción I del artículo 420 de la Ley de Hacienda, reformado por decreto de veintiocho de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho, en lo que respecta, principalmente, a obras de pavimentación.
Precedentes
Revisión fiscal 321/53. Tesorería del Distrito Federal (Vértiz Hornedo Salvador). 16 de agosto de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Rivera Pérez Campos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.