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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1654
TITULOS PROFESIONALES, PLANTELES AUTORIZADOS PARA EXPEDIRLOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1654
Conforme al artículo 11 de la Ley de Profesiones, están facultados para otorgar títulos de enseñanza profesional los planteles que con tal carácter estén autorizados, y si se prueba que el instituto que otorgó títulos de capacitación profesional, según diversas comunicaciones oficiales presentadas en autos, fue facultado para impartir curso de carácter profesional en la carrera de cirujano dentista, y que fue registrado en el libro relativo de la Dirección General de Profesiones; debe estimarse que dicho instituto está oficialmente capacitado para impartir la enseñanza profesional que le compete y expedir certificados o títulos que acrediten en favor de los interesados haber recibido dicha enseñanza.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3342/53. García Conde Alfredo y coags. 19 de agosto de 1954. Unanimidad de 4 votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Franco Carreño.