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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317579
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1969
SOCIEDADES, EXENCION DE IMPUESTOS A LAS (INDUSTRIAS NUEVAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1969
No debe estimarse que desaparezca el estímulo que se quiso otorgar a sociedades dedicadas a la explotación de industrias nuevas, por cuanto que no se incluyan en la exención de impuestos los dividendos repartidos a los socios, pues si se les exime del gravamen en Cédula I, de manera que solamente cubran dicho impuesto las sociedades que no gozan de exención, resulta claro que las que disfrutan de ésta tienen notoria ventaja sobre las que carecen de ella.
Precedentes
Amparo Administrativo en Revisión 3869/52. Pesquera Industrializadora de Guaymas, S. A. 2 de septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.