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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317581
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1973
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, IRREGULARIDADES EN LA (INFORMES JUSTIFICADOS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1973
Si los oficios que contienen los informes tienen fecha de presentación posterior a la en que se celebró la audiencia constitucional, y consta bajo las firmas del Juez y del secretario, que en dicha audiencia se dio cuenta con los informes justificados aludidos, la notaría contradicción que se deriva del sello fechador y del contenido del acta de la audiencia constitucional, debe resolverse, en vista de las evidentes irregularidades anteriores, en el sentido de mandar reponer el procedimiento, para el efecto de que se celebre nueva audiencia y se dicte la resolución que corresponda.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1233/54. Godoy Arturo. 2 de septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.