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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2127
MARCAS, NULIFICACION DEL REGISTRO DE TRANSMISION DE DERECHOS SOBRE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2127
La Secretaría de Economía carece de facultades para nulificar el registro de trasmisión de derechos sobre una marca, ya que la ley no la faculta para ello, ni se encuentra entre las declaraciones administrativas que enumera el artículo 263 de la Ley de la Propiedad Industrial, pues una declaración de esa naturaleza implica necesariamente una controversia sobre los derechos de propiedad que dicen tener dos personas distintas y en tal caso, de acuerdo con el artículo 271 de a ley mencionada, son los Tribunales los competentes para resolver dicha controversia, al tenor de la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte en materia de atribuciones de las autoridades administrativas; máxime si, con anterioridad, la propia Secretaría reconoció la validez de la trasmisión de derechos aludida, ya que carece de facultades para revocar sus resoluciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2429/54. L. & C. Hardtmuth Inc. 8 septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.