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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317615
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2134
SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO Y CADUCIDAD.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2134
El sobreseimiento consiste en la cesación o terminación del procedimiento judicial, sin pronunciarse resolución sobre la controversia planteada; y en materia de amparo los artículos 73 y 74 de la Ley configuran tal sobreseimiento del juicio, como terminación del mismo, cualquiera que sea la instancia en que se encuentre, y en esto difiere de la caducidad que establece el Código Federal de Procedimientos Civiles, sistema en el cual únicamente fenece la instancia; de modo que, en el juicio de garantías, si el motivo legal del sobreseimiento se produce durante la substanciación de la segunda instancia, no desaparece la instancia solamente, dejando en pie el fallo de la primera, sino que termina el juicio totalmente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1559/51. Torres Trueba Nicolás y coag. 8 de septiembre de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Octavio Mendoza González y José Rivera Pérez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.