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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317617
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2150
FERROCARRILES, IMPUESTO DEL 10% SOBRE ENTRADAS BRUTAS DE (DECRETO DE 29 DE DICIEMBRE DE 1924).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2150
Si no queda probado que una compañía realice operaciones de carga o transporte en ferrocarriles y ésta demuestra, por el contrario, que es una simple administradora de los servicios que se prestan en los carros propiedad de dichos ferrocarriles, con los que tiene celebrados contratos, es indudable que tal compañía no cae dentro de lo establecido en la fracción II del artículo 1o. de la Ley de 29 de diciembre de 1924, que establece quiénes son causantes del impuesto del 10% sobre entradas brutas de ferrocarriles.
Precedentes
Revisión fiscal 205/54. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Compañía Pullman, S. A.). 8 de septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.