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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317618
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2156
LECHE, PRODUCTOS DERIVADOS DE (IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2156
El artículo 18, fracción I, inciso f), de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, dispone que no causan el impuesto los ingresos obtenidos en los establecimientos que limitativamente enumera y entre los que se encuentran las lecherías y plantas pasteurizadoras de leche, y que en forma exclusiva operan con artículos propios de su ramo; por lo que, si la parte actora no rinde prueba de que los derivados de la leche, tales como el queso, mantequilla, crema, sueros y otros, deban considerarse como productos propios del ramo de pasteurización, cabe concluir que, mientras no se demuestre por la demandante el extremo que invoca a este respecto, la resolución fiscal impositiva sobre que dichos productos no deben considerarse como de ese ramo, y que sea impugnada, debe declararse firme.
Precedentes
Revisión fiscal 155/54. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Lácteos Miravalle. S. A.). 8 de septiembre de 1954.- Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.