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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2752
ACTO RECLAMADO, EXISTENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2752
Es inoperante el agravio que se haga consistir en que no obstante no haber reclamado el quejoso imposición de multa alguna, el Juez de Distrito consideró que por ejecutarse o tratar de ejecutarse esa multa dentro de su jurisdicción era competente, si en el oficio señalado como acto reclamado, se impone determinada obligación y se fija un plazo para que la cumpla el quejoso, si desea evitarse que se le imponga la multa a que se refiere el artículo concerniente de la ley relativa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 355/52. Altamirano Felipe y coags. 14 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Franco Carreño.