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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317648
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2838
PEQUEÑA PROPIEDAD INAFECTABLE (REVOCACION DE EXPROPIACION).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2838
El artículo 27 constitucional no consagra simultáneamente dos procedimientos de dotación agraria, o sea el propiamente agrario y el de expropiación, para dotar a los pueblos de tierras y aguas que necesiten, y no es admisible que, siguiendo el segundo de dichos procedimientos, no deba respetarse la pequeña propiedad que el propio precepto constitucional ordena sea respetada; por lo cual, si se negó una dotación ante la imposibilidad legal de afectar la pequeña propiedad, se carece de base para que, en diverso procedimiento de expropiación y contrariando lo establecido, no se guarde el respeto a la pequeña propiedad cuya existencia y naturaleza quedó establecida en la resolución denegatoria de la dotación. En consecuencia, la diversa resolución que niegue la revocación del decreto, infringe el artículo 27 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7484/47. Betanzo Salvador y coags. 12 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Nicéforo Guerrero.