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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2857
TERRENOS NACIONALES, EMPLAZAMIENTO PARA DESLINDE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2857
Si el perito deslindador no dio cumplimiento a la orden que le giró la Dirección de Terrenos Nacionales, por oficio, en el sentido de que los emplazamientos a las personas interesadas en los deslindes que deberían hacerse para adjudicar terrenos nacionales, en el procedimiento administrativo correspondiente, se hicieran mediante cédulas individuales entregadas a dichas personas, y los quejosos se enteraron de los procedimientos de las autoridades responsables hasta que se inscribieron los títulos en el Registro Público de la Propiedad, procede conceder el amparo contra el otorgamiento de tales títulos, por no haber sido oídos los quejosos en la tramitación correspondiente.
Precedentes
Amparo Administrativo en Revisión 1928/53. Hinojosa de Lozano Guadalupe y coag. 3 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Nicéforo Guerrero.