Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/317662
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317662
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 309
PERSONALIDAD MILITAR
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 309
La personalidad del carácter militar que aparezca reconocida por cuanto que, de modo expreso y por acuerdo del General de División Secretario de Defensa, se reconozca la situación de hallarse el quejoso gozando de licencia ilimitada, constituye indudablemente un reconocimiento de la personalidad militar del mismo del, que no puede revocarse al arbitrio de las autoridades responsables, sin sujeción a las leyes del ramo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2681/53. Galicia Arroyo Fortino. 21 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.