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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317666
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 326
HERENCIAS, IMPUESTOS SOBRE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 326
Si proceden las autoridades exactoras del Estado a hacer nuevas liquidaciones del Impuesto sobre Herencias, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley de la materia, el amparo es improcedente, por tener el quejoso a su alcance los medios de defensa establecidos por el artículo 33 de la propia Ley, para presentar en su oportunidad objeciones y pruebas en contra de la liquidación adicional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 53/54. Rubio vda. de Betanzos Bertha. 21 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.