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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317675
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 353
COOPERACION DERECHOS DE (OBRAS REALIZADAS EN LA CALZADA DE GUADALUPE).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 353
Del estudio del decreto de dieciocho de febrero de mil novecientos cincuenta y tres, debe llegarse a la conclusión de que dicho ordenamiento limitativamente afecta y beneficia exclusivamente a los predios circunvecinos de la Plaza de Peralvillo, por lo cual todo lo relativo a obras realizadas a lo largo de la Calzada de Guadalupe, se debe regir, en la materia, por las disposiciones de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, vigente en la época en que tales obras se hayan realizado.
Precedentes
Tomo CXX, página 2383. Indice Alfabético. Revisión fiscal 31/54. Segunda Sala del Tribunal Fiscal de la Federación ("Almacenes Generales de Depósito de México"). 28 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: José Rivera Pérez Campos.
Tomo CXX, página 353. Revisión fiscal 52/54. Segunda Sala del Tribunal Fiscal de la Federación (García Ríos Javier). 21 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.