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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317696
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 612
TRANSPORTES (CONFLICTOS DE RUTA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 612
Si de autos aparece que la ruta que cubre con sus transportes la cooperativa quejosa, y la que cubre la tercera perjudicada, son enteramente distintas y que asimismo la categoría de servicios que ambas líneas prestan son también distintos, por lo cual no hay identidad de rutas ni identidad de categorías de servicios, y sin que superposición de ambos servicios sea suficiente para fundar un conflicto entre ellas, resulta evidente que la autorización concedida a la segunda concesionaria no lesiona los intereses jurídicos de la primera, y procede sobreseer en el amparo, pedido contra tal autorización.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2054/52. Cooperativa de Transportes Cuautepec-Gustavo A. Madero, S.C.L. 6 de mayo de 1954. Unanimidad de tres votos. Disidentes: Nicéforo Guerrero y José Rivera Pérez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Octavio Mendoza González.