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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1091
PERMISO ADMINISTRATIVO, REVOCACION INDEBIDA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1091
Concedido el permiso por la Dirección Forestal para derribo de árboles dentro de un predio urbano, por el término de un mes, la revocación del mismo cinco días después de otorgado, impidiendo al quejoso gozar del término concedido, hace inepta la declaración del Juez de que, al celebrarse la audiencia constitucional, tres meses y ocho días después de la fecha de presentación de la demanda, sea improcedente el amparo, por haber dejado de existir el objeto materia del mismo, puesto que, por la suspensión ilegal del permiso legalmente concedido, el efecto del amparo será precisamente que el interesado haga uso del permiso concedido, dentro del término aludido de treinta días antes expresados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 387/54. Edificio Cook, S. C. 9 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.