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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317787
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1355
FUNCIONARIOS EJIDALES, TERMINO DE LAS FUNCIONES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1355
Si de las propias credenciales que exhibieron los quejosos con su demanda en solicitud de garantías constitucionales, resulta que fueron elegidos para un término de tres años para los cargos ejidales de que han sido removidos, sin que aparezca de autos que hubiesen sido reelectos para su nuevo período, evidentemente la remoción de que se quejan no lesiona sus intereses jurídicos, si la fecha de interposición de su demanda indica que ha transcurrido con exceso el período de tres años para el que fueron designados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 473/54. Ventura Eduardo y coags. 16 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.