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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317820
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1529
ABOGADO, EJERCICIO DE LA PROFESION DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1529
La defensa que realiza un particular de su propio derecho no constituye ejercicio profesional de abogado, que se caracteriza por la practica habitual de la profesión para obtener lucro, y es la razón por la cual la Ley exige que frente al profesionista legalmente autorizado, no se permita que ejerza la propia profesión quien no satisface los requisitos que la propia Ley enumera.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 59/54. Patiño González J. Jesús. 21 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.