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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1604
COOPERACION, DERECHOS DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MORELOS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1604
Si no está comprobado que a alguno de los causantes del quejoso se le haya hecho saber la liquidación de adeudo por derechos de cooperación y que la haya consentido expresa o tácitamente, el causahabiente tiene expedito su derecho para impugnar la que se le cobre, máxime si la notificación de cobro que alega haber hecho la autoridad responsable se hizo a un causante, cuando ya no era propietario del inmueble de que se trata.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5303/53. Grinstein Moisés. 23 de junio de 1954. Unanimidad de votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.