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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317837
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1618
HOTELES, ORDEN DE CLAUSURA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1618
Si las autoridades responsables niegan la existencia de las órdenes de clausura de un hotel, contra la cual se interpone el amparo, pero resulta que por inspección judicial se da fe de la existencia de los oficios que la ordenan, aunque no conste la fecha de dichas órdenes, corresponde a las autoridades responsables la prueba de que carecen de actualidad o que se refieren a casos diversos, y no produciendo dicha prueba, el amparo debe concederse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4925/53. Fernández Pueyo Florentino y coags. 23 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.