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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317849
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1732
MILITARES, BAJA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1732
La orden de baja dictada privando de defensa al quejoso y con imprecisión y vaguedad, no puede considerarse apoyada en las cláusulas del contrato de enganche, aun cuando éstas contengan expresiones que parezcan indicarlo, si las propias responsables tuvieron que aclarar tal circunstancia en el informe justificado, por lo que debe estimarse que el acuerdo de baja dictado en tales términos, es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1370/54. Puertos García Víctor. 25 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Octavio Mendoza González.