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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317869
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1836
AMPARO CONTRA LEYES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1836
Los actos de expedición, promulgación, refrendo y publicación de una Ley son susceptibles de reparación en cada caso concreto, ya que pueden ser anulados sus efectos por el amparo, por tanto no tiene aplicación, en tal virtud la causal de improcedencia prevista por el artículo 73, fracción IX, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4870/48. Russek Hermanos, S. M. de N. C. 30 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.