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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317918
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 370
IMPUESTO PREDIAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 370
Cuando los predios ubicados en regiones catastradas han sido objeto de un contrato de arrendamiento, conforme a lo dispuesto por los artículos 30, fracción II, y 32, fracción II, de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, la base del impuesto predial la constituye determinado porcentaje de arrendamiento y no el avalúo legal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2644/53. Núñez de Niño Graciela. 18 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Octavio Mendoza González.