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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 660
MILITARES PROCESADOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 660
Es correcta la deducción que se haga a los militares en servicio, para los efectos de la fracción v del artículo 35 de la ley, de la comprobación, ajuste y cómputo de servicios en el ejército nacional, cuando han sido procesados y el proceso se haya sobreseido solo en parte, de los delitos imputados, y cuando en el sobreseimiento final no conste ni aparezca el motivo de tal sobreseimiento, por lo que debe concluirse que el sobreseimiento se dictó por falta absoluta de elementos para proceder en contra del quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3378/53. Ochoa García Sabino. 27 de enero de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.