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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317970
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1011
SEGURO SOCIAL (CLASIFICACION DE TRABAJADORES EVENTUALES).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1011
Los trabajadores eventuales no pueden ser objeto de la clasificación fijada en el cláusula V, fracción 391 relativa a "construcción de edificios, caminos, calles, ferrocarriles o presas" con grado de riesgo 75 y prima de 125% de las cuotas obrero-patronales del Seguro Social de enfermedades no profesionales, por su misma calidad de trabajadores eventuales.
Precedentes
Revisión Fiscal 179/50. Instituto Mexicano del Seguro Social (Constructora Técnica, S.A. ). 15 de febrero de 1954. Mayoría de cuatro votos, Disidente: José Rivera Pérez Campos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.