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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317978
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1088
LICENCIAS, CANCELACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1088
No existiendo en autos prueba alguna que demuestre que la licencia respectiva exhibida por la parte quejosa fue cancelada en la fecha que indica la autoridad responsable, debe estimarse que al ordenar ésta la clausura del establecimiento relativo, fundado en haber sido cancelada la licencia, se violan en perjuicio del quejoso, las garantías que otorga el artículo 16 de la Constitución.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4895/53. Hernández Figueroa Ignacio. 17 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.