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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318004
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1203
SEGURO DE RETIRO POSTAL (CUOTAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1203
Si el quejoso dejó de pagar las cuotas correspondientes al seguro de retiro porque la propia responsable le impidió continuar cubriéndolos, esta no puede invocar como agravio o como omisión, la circunstancia indicada, ni esgrimirla en contra de aquél para negarle eficacia a la efectividad del seguro de retiro a que se ha hecho acreedor el interesado, por el pago puntual de cuotas que hizo mientras se le permitió cubrirlas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3324/52. Cerecedo Monroy Adelaido. 19 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.