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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318014
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1252
POSESION DE INMUEBLES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1252
Acreditada la posesión de una parcela desde antes de la dotación agraria y su continuación después de ella, las autoridades agrarias no tienen facultad alguna legal para dictar la orden de despojar de dicha posesión, a quien la tiene, infringiendo el artículo 173 del Código Agrario, y si lo hace es patente la violación de las garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2347/53. Valencia Lucino. 24 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.