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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318053
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1720
ACTOS CONSENTIDOS (PAGO AL FISCO).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1720
No debe considerarse que se trata de actos consentidos por manifestación expresa de la voluntad del quejoso para consentirlos, aunque este haya pagado una cantidad al fisco por concepto de un pliego de responsabilidades, si las autoridades responsables no justifican que dicho entero se haya hecho con relación al requerimiento de pago que se reclama en el amparo, comprobando de esta suerte, de modo directo, que el demandante ha aceptado y consentido los actos reclamados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6355/50.Compañía
Constructora y Urbanizadora del Centro, S.A. 12 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: José Rivera Pérez.