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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318069
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1834
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS ANTICONSTITUCIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1834
Si la resolución de orden administrativo no es de aquellas que pueden considerarse anticonstitucionales por sí mismas característica que constituye el fundamento esencial de la demanda y de la sentencia de amparo, y este punto de vista no es combatido en los agravios concretamente por los quejosos, procede sobreseer en el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5302/53. Marín Maya José y coagraviados. 17 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos.Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: José Rivera Pérez Campos.