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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318070
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1836
RESTAURANTES, MUSICA Y BAILE EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1836
Si la autoridad responsable no justifica que el restaurante del quejoso funcionara con baile después de la hora autorizada; ya que los inspectores que realizaron la visita se limitaron a decir que "se bailaba de noche" sin que se exprese hasta que hora se verificaba el baile, y la responsable alega que el establecimiento no reúne requisitos de acondicionamiento que exige el reglamento respectivo, sin indicar en qué consiste esa falta de requisitos, la negativa para revalidar la licencia correspondiente a favor de quien obtuvo el establecimiento por traspaso, es violatoria de las garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5210/53. López Vela Pedro. 17 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: José Rivera Pérez Campos.