Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/318086
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318086
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2044
POLICIA, CESE DE LOS MIEMBROS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2044
Si al reclamarse en vía de amparo el cese injustificado de un miembro de la policía, el jefe de ésta en el Distrito Federal se concreta a manifestar que de acuerdo con las facultades del reglamento, ha dictado la baja del quejoso "por ser necesario para el mejor servicio", y el amparo si se ha concedido porque carecía de base legal el cese acordado, no puede la autoridad responsable en la expresión de agravios para la revisión invocar el apoyo del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, para justificar el cese, ya que este ordenamiento no se tomó en cuenta, para el cargo, según el texto del informe justificado, y procede confirmar el amparo, máxime si se toma en consideración que no combate el Jefe de Policía los razonamientos que tuvo el Juez de Distrito para conceder el amparo.
Precedentes
Tomo CXIX, página 4202. Indice Alfabético. Amparo administrativo en revisión 5350/53. Galindo Avila Pedro. 31 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Nicéforo Guerrero.
Tomo CXIX, página 2044. Amparo administrativo en revisión 4556/53. Pérez Ibáñez Manuel. 24 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: José Rivera Pérez Campos.