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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2184
IMPUESTO SOBRE LA RENTA EXIGIDO RETROACTIVAMENTE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2184
Si a la Sala del Tribunal Fiscal y el Juez de Distrito aplican a la liquidación combatida por el quejoso, disposiciones que no existían en la época a que se refiere la calificación y específicamente aplican el artículo 15, fracción IX, a época anterior a su reforma de primero de marzo de mil novecientos cincuenta y cuatro, procede conceder el amparo por el concepto aludido.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4816/53. Cía. Embotelladora Fronteriza, S. De R. 31 de marzo de 1954.unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: José Rivera Pérez.