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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318126
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2855
COOPERATIVAS (NO CAUSAN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2855
Por definición no pueden considerarse como causantes del impuesto sobre la renta en cédula II que grava las ganancias del capital, las sociedades cooperativas, puesto que por el espíritu de su institución no lucran en esta forma; igualmente tampoco pueden ser causantes del impuesto sobre la renta por cédula IV puesto ya que es contrario al espíritu cooperativo el que puedan tener asalariados, también por definición de su propia naturaleza.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 11/52. Sociedad Cooperativa Cine y Espectáculos del Teatro Río Blanco, S.C.L. 20 de agosto de 1953. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.