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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318138
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3330
CERVEZA COMISIONISTAS, DISTRIBUIDORES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3330
Los comisionistas o distribuidores a comisión que ostenten este carácter plenamente probado en autos, deben considerarse exentos del pago de la contribución por ingresos mercantiles que imponga el gobierno de un Estado en virtud de que sus actividades deben considerarse como ventas de primera mano, gravables exclusivamente por la Federación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 223/53. "Vda. de Federico Gutiérrez", S.A. 18 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente:Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Franco Carreño.