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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318142
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3354
AYUNTAMIENTOS, FACULTAD IMPOSITIVA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3354
La exigencia constitucional de que los Ayuntamientos dispongan libremente de sus propios recursos, no puede considerarse violada por la colaboración que las autoridades estatales le presten al municipio en la recaudación de los fondos que a éste corresponden y en tales condiciones la intervención del Estado en el cobro de dichos impuestos no altera en manera alguna el imperativo constitucional antes mencionado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3219/51. Margarita Portillo y coags. 1o. de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.