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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318193
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3709
CERVEZA, BAGAZO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3709
No estando probado que el bagazo de cerveza constituya materia prima esencial para la actividad de una industria nacional como es la ganadería, y si en cambio estando probado por dictámenes periciales idóneos que el mencionado bagazo no constituye materia prima esencial para la alimentación de ganado, no son aplicables la disposiciones del artículo 1o., fracción III, de la Ley sobre Atribuciones del Ejecutivo Federal en materia económica para fijar precios tope.
Precedentes
Amparos administrativos acumulados en revisión 5225/52. Cervecería Central, S. A. y coags. 8 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.