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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318225
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 144
SOCIEDADES, PUEDEN RECLAMAR LIQUIDACIONES DEL IMPUESTO SOBRE UTILIDADES EXCEDENTES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 144
Como quiera que es la sociedad la que formula las liquidaciones del impuesto sobre utilidades excedentes y no los socios, es a ella a la que le toca reclamar la negativa para ejecutar las deducciones del pago del impuesto sobre dividendos.
Precedentes
Revisión fiscal 199/52. Procuraduría Fiscal (Clemente Jacques y Compañía, S. A.) 16 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.