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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 147
RESOLUCION ADMINISTRATIVA CON CARACTER DE DEFINITIVA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 147
Si la responsable, en el acuerdo reclamado manifestó que no puede resolver sobre la petición del quejoso, en tanto se llenan determinados requisitos, pese su apariencia de no ser definitivo, ese acuerdo sí es impugnable en la vía de amparo por la situación concreta perjudicial en que coloca al promovente del juicio, si pretende exigir requisitos que aquél ya ha satisfecho, y que al reiterar, sin justificación, sólo prolongan la resolución que de la responsable, legalmente, en términos adecuados se solicitó.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 789/53. José Corona Palacio. 16 de octubre 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Octavio Mendoza González.