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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 192
DIVIDENDOS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA EL DECRETO DE EMERGENCIA QUE CREO EL IMPUESTO SOBRE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 192
Por Ley de veintiocho de diciembre de mil novecientos cuarenta y cinco, el Poder Legislativo ratificó diversas disposiciones dictadas por el Ejecutivo durante la época de emergencia, entre las cuales se encuentra, precisamente el Decreto que estableció el impuesto del 8% sobre dividendos, por tanto, formulada una liquidación conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta es de estudiarse la constitucionalidad o inconstitucionalidad de este último Decreto, ya que sus disposiciones, válidas o no, fueron adoptadas por el Poder Legislativo cuando terminó el estado de emergencia, el cual, conforme a sus propias facultades legislativas, las incorporó a la legislación ordinaria.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1902/53. Compañía de Alcoholes y Licores "La Gran Unión", S.A. 22 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Nicéforo Guerrero.