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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 555
DOCUMENTOS PUBLICOS EN MATERIA FISCAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 555
Si se toman en cuenta las prescripciones del artículo 202 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se advierte que los documentos públicos sólo se acreditan que ante la autoridad que los estudió se hicieron determinadas declaraciones o manifestaciones, pero no la verdad de lo declarado o de lo manifestado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3077/51. J. Rodríguez y Cía. 13 de noviembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio Mendoza González. El Ministro Nicéforo Guerrero no intervino por las razones que constan en el acta del día.