Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/318299
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318299
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 597
EJIDOS, AMPARO CONTRA EL DESPOSEIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 597
Estando el quejoso en posesión de una parcela en disputa y admitiendo las Autoridades Agrarias esta circunstancia, así como que ante ellas se sigue el procedimiento respectivo para definir el derecho de los interesados a la aludida parcela, la petición de amparo contra el acto desposesorio en sí mismo, es bastante para fundar la demanda de protección constitucional, ya que no se trata de establecer la calidad de la posesión, sino exclusivamente de impugnar el acto desposesorio, sin que influya para desvirtuar la existencia de las violaciones constitucionales el hecho de que haya un contrato de aparcería y un juicio de rescisión pendiente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2731/53. Iglesias Aragón Rafael. 18 de noviembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.