Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/318312
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 318312
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 709
INTERES JURIDICO EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 709
Sólo tiene derecho a pedir amparo aquellos a quienes se les afectan intereses jurídicos y resientan un perjuicio directo. Por tanto, si uno de los quejosos reclama la afectación de un derecho derivado de una resolución gubernativa por la cual se concede el permiso a un tercero que afecta al contrato de trabajo de aquél, no se afectan directamente sus intereses jurídicos, y el juicio de amparo promovido por él es improcedente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6725/51. Sindicato de Cargadores y Abridores del Comercio de la Zona Marítima del Puerto de Veracruz. 27 de noviembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.